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Implante coclear cubierto por Ley Ricarte Soto en la Clínica

Si sufres una sordera que los audífonos no resuelven, puedes optar a la colocación de implante coclear en nuestra Clínica, financiado por la Ley Ricarte Soto.

A partir de este año, Clínica Universidad de los Andes es uno de los prestadores preferentes por la Ley Ricarte Soto para el implante coclear.

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Los pacientes son evaluados por otorrinolaringólogos, quienes realizan un completo estudio de la capacidad auditiva y recomiendan la cirugía cuando existe hipoacusia o disminución de la audición severa o profunda.

Si sufres una sordera, solicita más información sobre implante coclear

 

Tus datos serán recibidos por los profesionales de la Clínica, quienes te contactarán para responder tus dudas.

Cirugía de implante coclear le permite a Gaspar escuchar por primera vez

 

 

Después de su nacimiento, Gaspar presentó diversas dificultades que le provocaron una sordera severa en ambos oídos. Pese a que se intentó resolver mediante audífonos, una cirugía de implante coclear lo ayudó a escuchar por primera vez.

Es un procedimiento que puede revertir la sordera mediante la implantación de un dispositivo electrónico.

¿Cómo funciona el implante coclear?

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Es un dispositivo electrónico que ayuda a las personas a escuchar, gracias a que este aparato recibe y procesa sonidos, para luego ser transmitidos al cerebro.

Consta de un implante coclear interno, que se instala de manera quirúrgica en el hueso temporal, por debajo de la piel, además de electrodos ubicados en la cóclea; un procesador de sonido externo, que se ubica detrás de la oreja; y una guía que conecta el procesador a una antena.

El procesador capta y digitaliza el sonido, el que es transmitido por la antena hacia el receptor del implante. Este receptor convierte la señal digital en eléctrica y luego es enviada a la cóclea.

Los electrodos que están ubicados en ella reciben la señal y estimulan el nervio auditivo que es el que transmite el sonido al cerebro.

¿Qué costo tiene postular al Implante Coclear?

 

Para postular al implante, el paciente debe financiar las siguientes consultas y exámenes, los cuales tienen cobertura de acuerdo al plan de Isapre:

Hipoacusia y Ley Ricarte Soto

La Ley 20.850 -conocida como Ley Ricarte Soto-, garantiza a nivel financiero que personas mayores de cuatro años con hipoacusia sensorioneural bilateral severa o profunda postlocutiva y que cumplan los criterios de inclusión establecidos en el protocolo respectivo y confirmados por

el Comité de Expertos Clínicos del Prestador Aprobado para el dispositivo de implante coclear, puedan optar a:

  • Implante Coclear unilateral.
  • Recambio de accesorios según vida útil.
  • Reemplazo de procesador del habla cada 5 años

¿Cómo acceder a la Ley Ricarte Soto?

  • Paso 1: Existe sospecha por parte de su médico tratante de que usted o su hijo(a) podría tener un grado de pérdida auditiva severo-profundo. Y además usted o su hijo(a), ya ha adquirido el lenguaje.
  • Paso 2: Su médico completa en la plataforma web el “formulario de sospecha fundada”, el cual envía de manera electrónica al centro confirmador o el “formulario de solicitud de tratamiento”, el cual envía para aprobación del comité de expertos.
  • Paso 3: El centro confirmador deberá confirmar o descartar la sospecha, o el comité de expertos clínicos deberá confirmar o descartar la solicitud de tratamiento.
  • Paso 4: Su médico le comunica la decisión del centro o comité, que confirma la Hipoacusia Sensorioneural Bilateral severa o profunda. Además, realiza el “Formulario de Constancia”, y le entrega las indicaciones para que usted o su hijo(a) inicie su tratamiento.
  • Paso 5: Su médico tratante o Fonasa le informan sobre los centros aprobados para su tratamiento y seguimiento.
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Clínica Universidad de los Andes

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